"Aunque la mayorÃa de las materias tratadas en este libro, se estudien generalmente en las obras de ôfilosofÃa del Derechoö, hemos preferido no darle tal tÃtulo a esta obra, por la razón de que a juicio de los mismos juristas, la filosofÃa del Derecho forma parte de la filosofÃa, y por tanto, debe permanecer siendo el dominio de los filósofos. Hemos buscado en esta obra, no la unión del Derecho con una concepción sistemática del universo, sino solamente una sÃntesis de la vida del Derecho, un conjunto de reflexiones ordenadas sobre la organización jurÃdica de las sociedades humanas. En otras palabras, este libro es obra de un jurista, no de un filósofo. Por la misma razón se aparta sensiblemente del tema de las obras consagradas al estudio de los principios fundamentales del Derecho, y de lo que comúnmente se llama derecho natural. En cambio, tampoco se trata de una obra de carácter sociológico, ni de un tratado de sociologÃa jurÃdica. Es cierto que la descripción de la vida de las sociedades, de su formación, de su desarrollo, de sus crisis, ofrece un interés de primer orden para el jurista; pero la soci