"En el presente trabajo me voy a ocupar, por una parte, de la causalidad en la omisión impropia, para tratar de determinar si en esa forma de realización tÃpica existe entre la inactividad y el resultado una relación de causalidad, o de (cuasi)causalidad, o, más bien, algo que no tiene nada que ver, ni de lejos, con cualquier concepto en el que aparezca la expresión ôcausalidadö. Una vez resuelto ese problema, pasaré a abordar lo que se ha dado en llamar la ôomisión por comisiónö, que recibe ese nombre porque, según una extendida opinión, ahà estarÃamos ante supuestos en los que un hacer positivo cumple el tipo de una omisión, propia o impropia según los casos. Como el tratamiento cientÃfico de esa supuesta ôomisión por comisiónö exige tener una idea clara sobre la causalidad, tanto en el delito de acción como en el de omisión, de ahà que los conocimientos adquiridos en la primera parte de este trabajo tengan una decisiva importancia para solucionar los problemas que se plantean en la segunda. Es por ello por lo que me he decidido por agrupar en una única investigación cientÃfica el estudio de la causalidad