La crisis económica y financiera que ha afectado a diferentes Estados de la Unión Europea desde 2008, ha puesto en evidencia las debilidades de una Unión Económica y Monetaria configurada a partir de la creencia de que la Unión Monetaria producirÃa «espontáneamente» un mayor grado de coordinación de las polÃticas económicas y presupuestarias entre los Estados que adoptaran la moneda única.
Con el fin de afrontar el riesgo que suponÃa para la estabilidad de las economÃas de la eurozona la crisis de la deuda soberana, entre los años 2010 y 2013, los Estados miembros y las instituciones de la UE se han visto obligados a adoptar un nuevo marco jurÃdico cuyo contenido alcanza tanto a la articulación de mecanismos de asistencia financiera de los Estados miembros como a la profundización en la coordinación de las polÃticas económicas y presupuestarias, especialmente reforzada respecto de los Estados de la eurozona.
Un nuevo marco normativo desarrollado jurÃdicamente sin llevar a cabo una reforma en el Derecho originario y respecto del cual, diferentes Tribunales Constitucionales han establecido lÃmites derivados de sus respectivos ordenamientos constitucionales, en tanto que, en última instancia, incorpora, por la vÃa del «nuevo intergubernamentalismo» y del Derecho derivado, limitaciones a la soberanÃa presupuestaria de los Estados nación.